miércoles, 21 de abril de 2010

Compensación por la cancelación de vuelos

Al hilo de lo que comentábamos ayer, es muy importante que el viajero conozca sus derechos a recibir compensaciones cuando se cancela su vuelo.

Hay compañías que se niegan a compensar a los pasajeros afectados o incluso a devolver el precio del billete, alegando que casos como el del volcán islandés son considerados de fuerza mayor por desgracias naturales. ¿Es eso cierto?

La respuesta es: No. Cuando una compañía cancela un vuelo por fuerza mayor, los pasajeros tienen derecho a:

- Cambiar su vuelo por otro sin gasto alguno.
- En el caso que el viajero no quiera cambiar su vuelo: La devolución íntegra del precio de su billete, incluidas las tasas y suplementos.
- En el caso que el viajero se encuentre en el destino: Gastos de manutención o alojamiento hasta que la compañía aérea le re-coloque en otro vuelo.

En ningún caso, al tratarse de fuerza mayor, tendrá derecho a recibir una compensación por daños y perjuicios de la cancelación.

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